Suplantación de identidad: un riesgo jurídico para las pequeñas y medianas empresas
La suplantación de identidad no solo afecta a las personas naturales, también constituye una amenaza creciente para las pequeñas y medianas empresas, que muchas veces no cuentan con departamentos especializados en seguridad digital o asesoría jurídica permanente. Este delito puede comprometer la reputación de la organización, generar pérdidas económicas y acarrear sanciones por incumplimientos legales derivados del uso indebido de datos o de la contratación fraudulenta.
1¿Qué es la suplantación de identidad empresarial?
En el ámbito corporativo, la suplantación de identidad ocurre cuando un tercero se hace pasar por la empresa, por sus representantes legales o incluso por sus empleados, con el fin de:
Realizar fraudes financieros como apertura de cuentas bancarias, solicitudes de crédito o transacciones comerciales irregulares. Usar correos electrónicos o redes sociales para engañar clientes y proveedores, afectando la credibilidad de la empresa. Falsificar contratos, facturas u ofertas comerciales, generando incumplimientos y demandas posteriores. Manipular bases de datos y extraer información sensible de clientes, empleados o aliados estratégicos.
2Marco legal aplicable en Colombia
La legislación colombiana sanciona este tipo de conductas a través de diferentes normas:
Código Penal (art. 296 – falsedad personal): castiga a quien suplante la identidad de otro. Ley 1273 de 2009 (delitos informáticos): protege la información digital e impone sanciones por violación de datos personales y suplantación en medios electrónicos. Ley 1581 de 2012 (protección de datos personales): impone obligaciones a las empresas en el tratamiento y seguridad de la información de terceros. Código de Comercio y Ley 1258 de 2008 (SAS): responsabilizan a los administradores por el adecuado manejo de la representación legal y la información empresarial.
3Consecuencias para las pequeñas y medianas empresas
Las empresas que no previenen ni reaccionan de forma adecuada ante la suplantación pueden enfrentar:
Pérdidas económicas: pagos no reconocidos, créditos a nombre de la compañía o estafas a clientes y proveedores. Daño reputacional: pérdida de confianza en el mercado por aparentes incumplimientos. Procesos judiciales y sanciones administrativas: si no se demuestra diligencia en la protección de datos y en la gestión legal de la identidad empresarial. Conflictos laborales y comerciales: por la utilización indebida de documentos y firmas.
4Estrategias de prevención y defensa jurídica
Las pequeñas y medianas empresas pueden blindarse adoptando medidas de organización administrativa, tecnológica y legal:
Implementar protocolos de autenticación en correos electrónicos y plataformas digitales. Establecer contratos claros con cláusulas de protección de datos y confidencialidad. Capacitar a empleados en prevención de fraudes y ciberseguridad. Verificar de forma periódica los reportes en centrales de riesgo para evitar créditos fraudulentos. Contar con asesoría jurídica permanente, que permita actuar con rapidez ante incidentes de suplantación, ya sea mediante denuncias penales, derechos de petición, acciones de tutela o demandas de responsabilidad.
Conclusión
La suplantación de identidad empresarial representa una amenaza real que puede comprometer la supervivencia de una pequeña o mediana empresa. La falta de medidas preventivas no solo expone a pérdidas económicas, sino también a sanciones legales que pueden poner en riesgo la continuidad del negocio.
En Iniciativa & Consultoría Jurídica S.A.S., ayudamos a las pequeñas y medianas empresas a proteger su identidad legal y digital, implementando políticas de prevención, atención inmediata a fraudes y acompañamiento jurídico integral.

Jhon Fredy Goez Zapata
Abogado